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Articulo 59 de la Ley que Regula los Servicios de Seguridad Privada. Queda prohibido ingerir bebidas alcohólicas en horarios de servicio

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Articulo 59 de la Ley que Regula los Servicios
de Seguridad Privada. Queda prohibido ingerir
bebidas alcohólicas en horarios de servicio, la
violación a las prohibiciones dará lugar al cese
de las funciones del agente.
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